Número: 4-2008
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere los estatutos de la Fundación Santa Lola, dicto el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1: Declarar a Sonia Vane, “Embajadora de Fraternidad” en Murcia, España, en la Especialidad de Pobreza y Justicia Social infantiles”.
Artículo 2: La Fundación Santa Lola se mantiene en contacto permanente con la Embajadora de Fraternidad, a modo de darle el apoyo moral y de cualquier otra forma, para que realice sus actividades de recaudación e inversión de fondos a favor de la Niñez y la Adolescencia desvalida en la nación europea.
Artículo 3: Reconocer, que la Justicia Social es:, es el conjunto de acciones jurídico-sociales que se desarrolla en un determinado espacio a favor de los hombres y mujeres que la compone, con la misión de garantizar la equidad y el respeto de las leyes morales y jurídicas. Y la Pobreza, es la carencia de recursos básicos de primera necesidad para el desarrollo humano, en una sociedad.
Dado en San Pedro de Macorís, República Dominicana a los nueve (9) días del mes de marzo del año dos mil ocho (2008). Año Internacional de la Adolescencia para la Fundación Santa Lola.
Claudio Cordero
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