La Fundación Santa Lola, como es costumbre, publica su Informe: Impacto Infantil, correspondiente al mes de junio de 2007. Dedicado en esta temporada a los Niños, Niñas y Adolescentes del Malecón de San Pedro de Macorís, quienes día a día aprenden técnicas no aptas ni deseadas para una persona alta en moral y buenas costumbres, además que son técnicas, que de ponerse en práctica serán un atentado contra la nación y, por qué no, el mundo.
La Fundación Santa Lola ha ido en auxilio de estos menores, ya que cree que es necesario trabajar hoy con esos menores que serán los que guíen los destinos del país, cuando ya no estemos o estemos, pero adultos y ancianos.
Hoy, es el mejor momento.
La Fundación Santa Lola ha ido en auxilio de estos menores, ya que cree que es necesario trabajar hoy con esos menores que serán los que guíen los destinos del país, cuando ya no estemos o estemos, pero adultos y ancianos.
Hoy, es el mejor momento.
Claudio Cordero.
Presidente de la Fundación Santa Lola.
Presidente de la Fundación Santa Lola.
Por medio del proyecto: “Rescatando a los Niños y Adolescentes del Malecón de San Pedro de Macorís”, entendemos que nosotros fuimos niños y por tal razón creemos que nuestros niños deben de ser ayudados, educados, entre otras cosas.
Estos niños serán los hombres y mujeres del fututo, dentro de lo positivo o negativo. Y para que sea en un total positivo, debemos de ubicar las inquietudes de cada uno de los niños.
Soy un trabajador del malecón de San Pedro de Macorís y veo la situación que se desenvuelve en este medio; ahora bien, estos niños en verdad son inocentes, pero esto no quiere decir que no tienen derechos; pues sí tienen derechos y nosotros trataremos de ayudarlos a todos.
¿Por cuáles motivos debemos rescatarlos?
1- El abuso en contra de nuestros niños, niñas y adolescentes.
2- Atacar el uso de las mulas o expropiación de un menor para actividades ilícitas.
Estos niños serán los hombres y mujeres del fututo, dentro de lo positivo o negativo. Y para que sea en un total positivo, debemos de ubicar las inquietudes de cada uno de los niños.
Soy un trabajador del malecón de San Pedro de Macorís y veo la situación que se desenvuelve en este medio; ahora bien, estos niños en verdad son inocentes, pero esto no quiere decir que no tienen derechos; pues sí tienen derechos y nosotros trataremos de ayudarlos a todos.
¿Por cuáles motivos debemos rescatarlos?
1- El abuso en contra de nuestros niños, niñas y adolescentes.
2- Atacar el uso de las mulas o expropiación de un menor para actividades ilícitas.
José Alberto Sánchez.
Encargado de Cultura.
Encargado de Cultura.
En mi cargo de Coordinador de Desarrollo Social, de la Fundación Santa Lola, creo que se tiene que tomar medidas urgentes a favor de los niños que están día tras día en el malecón. Si queremos construir una mejor sociedad en San Pedro de Macorís.
Debido a que el malecón es el paraje oficial de narcotraficantes, de prostitutas, delincuentes y todo tipo de bellaquerías.
Para nadie es un secreto que los infantes absorben todo lo que le brinda el ambiente en donde ellos se encuentran. Es por ello que el malecón tiene horas que no son buenas para nuestros menores.
De no buscar medidas hoy, en el mañana tendremos más drogas, más atracos y sobre todo una sociedad en donde no se va a poder vivir.
No se puede formar parte de un Estado cuando no se lucha por hacer que los pobres salgan de la miseria en que viven. Nadie puede llamarse funcionario cuando no levanta la voz contra la injusticia de una sociedad que vive mal, porque unas cuantos acaparan las riquezas y los demás se mueren de hambre o carecen de los medios más indispensables para subsistir. Ningún servidor público debe quedarse con los brazos cruzados o ignorar esa realidad que padecen los niños, niñas y adolescentes.
Debido a que el malecón es el paraje oficial de narcotraficantes, de prostitutas, delincuentes y todo tipo de bellaquerías.
Para nadie es un secreto que los infantes absorben todo lo que le brinda el ambiente en donde ellos se encuentran. Es por ello que el malecón tiene horas que no son buenas para nuestros menores.
De no buscar medidas hoy, en el mañana tendremos más drogas, más atracos y sobre todo una sociedad en donde no se va a poder vivir.
No se puede formar parte de un Estado cuando no se lucha por hacer que los pobres salgan de la miseria en que viven. Nadie puede llamarse funcionario cuando no levanta la voz contra la injusticia de una sociedad que vive mal, porque unas cuantos acaparan las riquezas y los demás se mueren de hambre o carecen de los medios más indispensables para subsistir. Ningún servidor público debe quedarse con los brazos cruzados o ignorar esa realidad que padecen los niños, niñas y adolescentes.
Armando González
Coordinador de Desarrollo Social.
Coordinador de Desarrollo Social.
Identificar
Causas que llevan a los Niños, Niñas y Adolescentes a trabajar en el malecón:
1. La pobreza.
2. La irresponsabilidad de los padres.
3. El desempleo.
4. La necesidad económica.
5. La rebeldía del menor.
Cada una de estas enumeraciones están comprendidas por una gran realidad. Para ello, la definición nos puede dar una aclaración más significativa.
Tipos de trabajo de Niños, Niñas y Adolescentes en el malecón:
1- Limpiar zapatos.
2- Lavar carros.
3- Recoger botellas.
4- Pedir limosnas.
5- Vender paletas (Paleteros).
Consecuencias que produce a los Niños, Niñas y Adolescentes trabajar en el malecón:
1- Aprender técnicas de inmoralidad y libertinaje.
2- Desinterés en la escuela y amor y pasión al dinero.
3- Ser utilizados por terceras personas (Abuso sexual, físico y psicológico).
4- Tomar experiencias en diversos aspectos demostrados en el malecón (Infidelidad, música con malos mensajes, fantasías, fetichismo, actos sexuales en vías públicas, golpes, pelas, trifulcas, etc.)
Para muchos entrevistados dependerá del raciocinio del menor, su formación y conducta para comportarse en el malecón; sin embargo esta situación podría ser la excepción no la regla. Agregan que “El que va a trabajar únicamente se dedicará a vender, amará al estudio y será un joven ejemplo”.
Elementos que abundan en el malecón de San Pedro de Macorís
Valores.
Los niños, niñas y adolescentes que trabajan en el malecón se les identifican algunos valores, entre ellos:
· Compartir.
· Armonía.
· Cortesía.
· Solidaridad.
Estos valores se toman en cuenta, además por la característica del dominicano de ser una buena persona amistosa, solidaria y hospitalaria en cada caso.
Desvalores:
Lo que más abunda en este sector público de San Pedro de Macorís, es:
· Inmoralidad.
· Perversión.
· Libertinaje.
· Embriaguez.
· Envidia.
· Egoísmo.
· Descontrol (Social, económico y educativo).
· Actos bochornosos que atentan al pudor y a las buenas costumbres.
Desafíos que tiene la sociedad dominicana y muy especialmente la de San Pedro de Macorís al permitir que los Niños, Niñas y Adolescentes trabajen en el malecón:
· Futuros delincuentes.
· Futuros expertos en narcotráficos, delitos como atracos, crímenes como violaciones, asesinatos y otros, siempre para suplir sus deseos, así como aplicar lo aprendido en épocas de la niñez y la adolescencia
· Deterioro moral y social.
· Jóvenes sin ímpetu y con intereses a conseguir de manera rápida el dinero.
· Promiscuidad sexual.
Edades comprendidas de los Niños, Niñas y Adolescentes que trabajan en el malecón.
· De 5 a 10 años.
· De 11 a 15 años.
· De 16 a 18 años.
¿Venden a los menores de edades bebidas alcohólicas?
La respuesta fue correcta.
La Pobreza
La semántica de “Pobreza” en el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española lo define como: a)- Escasez o carencia de lo necesario para vivir. Y dos palabras son sus sinónimos: 1- Falta y 2- Escasez.
La siguiente palabra a indicar en el aspecto de su significación es “Indigencia”: b) Falta de medios para alimentarse, vestirse…
Se divide en: La Pobreza Intelectual: Es aquella la que se genera por no recibir la educación necesaria, pudiéndose producir por no tener los medios necesarios para trasladarse, vestirse, equiparse en la escuela.
La Pobreza Material: Es aquella que se divide en dos, dependiendo la mala distribución de los bienes y servicios básicos de las personas.
Causas de la Pobreza Material
· Mala distribución de los bienes y servicios nacionales.
· Desigualdad social de bienes, servicios e ingresos.
· Desempleo.
· Poca productividad.
· Poco empuje laboral y/o motivación.
La irresponsabilidad de los padres
Los padres son los procreadores de los Niños, Niñas o Adolescentes. Tuvieron la responsabilidad de crearlo y deben de tener la responsabilidad de velar por su buen crecimiento y su sana diversión.
· Es responsabilidad del padre, madre:
· Asegurarles la educación temprana a los hijos.
· Impedir todo medio de abusos, maltratos, ofensas de terceros y de ellos mismos.
· Vivir en armonía y respetarlos, entre muchas otras.
El Desempleo
La escasez de fuentes de empleos formales, que imposibilitan a las personas a tener un jefe y la obligan, en muchos casos a crear trabajos formales y a todos en las casas trabajar.
La necesidad económica
Aquella que enfrentan muchas familias por carecer de recursos económicos e intelectuales.
La rebeldía del menor
Muchos menores son impulsivos y quieren por su propio peso conseguir dinero y llevarlo a sus hogares; pudiendo de esta forma ayudar a su familia.
Américo Herasme Medina, en su doctrina “Criminología General”, enfoca algunos aspectos relevantes del doctor Leoncio Ramos, acerca del hogar, sociedad y la delincuencia en que viven los Niños, Niñas y Adolescentes.
“La mayor parte de los delincuentes profesionales, han iniciado su carrera delincuencial o delictiva en la juventud o en la infancia”
Problema: Desde niños se les permitió que actuara de una forma incorrecta, así como se les dio cabida a que estuviese en un determinado lugar, perjudicándole así su vida y el futuro de la nación, porque se ha convertido en un ciudadano insoportable y una amenaza para la seguridad poblacional.
“La infancia y la juventud son influidas especial y profundamente por sucesos del mundo circundante y porque está confirmado que la persona joven es más influida, por el mundo circundante.
“Debido a varios enfoques, cabe decir, que para evitar o disminuir la delincuencia, se hace necesario que los padres, los educadores y las autoridades, contribuyan a mantener bien equilibradas las comunidades o grupos que presiden, alimentando, instruyendo y educando a los niños y jóvenes, sean éstos hijos o no, quienes serán forjadores futuros de la sociedad colectiva”
Problema: El Mundo circundante es el medio en donde se desenvuelve una persona. Si éste mundo es instructivo, el menor crecerá con grandes dotes de seres humanos, si es lo contrario, pues se tendrán un delincuente desde el momento mismo de la enseñanza. Culpable el medio, por todas aquellas personas que lo rodearon.
Agregamos: Si la familia abusa de un Derecho del niño, ¿puede ésta reclamar otro derecho? Pero, como nuestra sociedad tiene un 85% de analfabetos funcionales, lo que se debe hacer es capacitar a los jefes y jefas de familia.
Problema:
· Permitir que niños, niñas y adolescentes trabajen en el malecón. El malecón de San Pedro de Macorís, se ha convertido en los últimos años en un lugar de perversión, inmoralidad y delincuencia, que son premisas o factores transmitidos y aprendidos fácilmente por el menor de edad.
· El mundo circundante o medio natural que vive el menor si no es el más propicio para desarrollarse, se pone en riesgo su vida y el futuro de la nación.
· La indiferencia de las autoridades.
Un ciudadano irresponsable, nos dijo que los menores “Están desbaratando botellas” y otras frases que se reserva la Fundación Santa Lola porque van en detrimento de la niñez y la adolescencia. Luego, el mismo señor, por ser reconocido en la ciudad de San Pedro de Macorís nos expresó que quería tener una Fundación, pero por la gente no la tuvo.
Exhortación: Hacer bien, sin mirar a quién.
Lo que puede provocar
La delincuencia juvenil, comenta las Naciones Unidas, es un problema grave en todo el mundo. Su intensidad y gravedad depende básicamente de la situación social, económica y cultural de cada país. Con todo, hay pruebas fehacientes de que a nivel mundial ha aumentado la delincuencia juvenil conjuntamente con la recesión económica, en especial en sectores marginales de los centros urbanos. En muchos casos, los jóvenes delincuentes son "niños de la calle", que han estado expuestos a la violencia en su medio social inmediato, como testigos o como víctimas. Su nivel de instrucción básica es, en el mejor de los casos, deficiente; con demasiada frecuencia su socialización primaria en el seno de la familia es inadecuada, y su medio socioeconómico está conformado por la pobreza y la miseria. En vez de apoyarse exclusivamente en el sistema de justicia penal, la prevención de la violencia y el delito debería incluir medidas para promover la igualdad y la justicia y para luchar contra la pobreza y reducir la desesperanza de los jóvenes.
Los niños, niñas y adolescentes que trabajan de noche en el malecón, son catalogados por la Fundación Santa Lola como: “Niños de la calle”, aunque tengan hogar, porque no tienen familia.
En el malecón, un niño puede ser testigos, se hechos bochornosos como los registrados sólo en el 2006, entre ellos a una pareja teniendo relaciones sexuales en el malecón, en cada momento acciones sexuales, besos, caricias y morbosidades, asesinatos, trifulcas que han dejado muertos y heridos.
La Fundación Santa Lola, en su deseo de rescatar a los Niños del Malecón de San Pedro de Macorís, se lanzó al referido lugar a entrevistar a muchos de los menores que trabajan allí, haciéndole diferentes preguntas y obteniendo importantes datos de la realidad que viven nuestros infantes pobres. Pasadas las seis de la tarde hasta las 8 de la noche, el 26 de diciembre de 2006 se convirtió en el primer contacto de Santa Lola con los niños de escasos recursos petromacorisanos que trabajan en el malecón.
Para ello, mostramos los siguientes gráficos.
En la gráfica mostramos a niños y adolescentes entre 7 a 12 años de edad que estudian para un 77.7%, de los no estudian se computan el 22.2% y trabajan la mayoría, para un 88.8%
De 9 entrevistados, todos de nacionalidad dominicana, el 55. 5% y 4 de esos menores estaban descalzos.
Entrevistados en esa misma noche, los menores dijeron que de Noche no trabajan, sólo uno dijo que sí lo hacía. Nosotros comprobando la hora, la oscuridad del día y la caída del crepúsculo, veíamos que no estaban hablando con la verdad y que los inocentes, sí trabajaban de noche.
Según las legislaciones vigentes de la República Dominicana, un menor de edad no puede estar sólo en vía pública y más una zona como es el Malecón de San Pedro de Macorís, lugar que ha presenciado todo tipo de atrocidades, actos que atenta contra la ética y la moral de las personas conservadoras, se le añade también que menores de 14 años de edad no pueden trabajar y ningún menor de edad puede trabajar ni más de doce horas diarias ni después de las ocho (8) de la noche ni antes de las seis (6) de la mañana de ningún día.
Las Leyes, son un conjunto de normas que dictan disposiciones a seguir en una sociedad. La primera de ellas es la Constitución de un país, libre, soberano e independiente, que tiene primacía ante las demás, que reciben el nombre de leyes adjetivas. Inmediatamente después de la Carta Magna, le siguen los Tratados Internacionales (Convenios, etc.) y en tercera vía las leyes adjetivas, esto según el triángulo de Hans Kelse.
La situación:
· Menores de edad trabajando en el malecón de San Pedro de Macorís en la noche.
Legislaciones a consultar:
· Declaración Universal de los Derechos del Niño, de Naciones Unidas de 1989.
· Ley 136-03, Código de Protección a los Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana, de 17 de octubre de 2004.
· Código del Trabajo de la República Dominicana.
· Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD).
Declaración Universal de los Derechos del Niño
Artículo 1:- Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.
Análisis: Todos las personas menores de 18 años, son considerados como Niños y deben de ser distinguidos de cualquier persona mayor y respetárseles y garantizárseles sus derechos.
Artículo 3
1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
Análisis: Estas instituciones, pueden ser la Fundación Santa Lola, la Sala Capitular del Ayuntamiento municipal de San Pedro de Macorís, la Secretaría de Estado de Trabajo el Consejo Nacional de la niñez y la adolescencia, la Policía Nacional, entre otras. El niño es lo primero, por eso se presenta el proyecto.
2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
Análisis: No se está respetando éste acápite del artículo 3, ya que los niños que están trabajando en el malecón de San Pedro de Macorís (Inicios de 2007), tienen muchos días y años en esa misma situación y no se ha asegurado la ley ni el bienestar infantil.
3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.
Análisis: Las autoridades no lo hacen. La Secretaría de Estado de Trabajo, a pesar de tener un código de la materia deja que los menores trabajen violentando lo ya establecido. La Policía Nacional, no ofrece seguridad y organismos como el CONANI no están orientando a los padres sobre su papel en la sociedad, por mentar algunos ejemplos.
Artículo 4
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.
Análisis: Como medida a favor de la niñez y la adolescencia, ha venido el proyecto: “Rescatando a los Niños y Adolescentes del Malecón”, presentado a la Sala capitular del Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, por la Fundación Santa Lola.
Artículo 32
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
Análisis: Muchos menores de edad que trabajan en el malecón son explotados por sus padres. De día, tarde y noche trabajan o en dos tandas del día que tiene tres. Algunos padres también no laboran y consumen bebidas alcohólicas u otros tipos de vicios con el dinero trabajado por el menor.
2. Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. Con ese propósito y teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados Partes, en particular:
a) Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar;
Análisis: República Dominicana ha establecido los catorce años en adelante para empezar a trabajar, a excepción de trabajos cinematográficos, entre otros, a expedición de un permiso de la Secretaría de Estado de Trabajo.
b) Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;
Análisis: Nunca un menor de edad puede pasar de 12 horas diarias, ni después de las 8:00 PM ni antes de las 6:00 AM.
c) Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo.
Código de Protección al Menor de la República Dominicana. Ley 136-03, puesta en vigencia el 17 de octubre de 2004.
PRINCIPIO II
DEFINICIÓN DE NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE. Se considera niño o niña a toda persona desde su nacimiento hasta los doce años, inclusive; y adolescente, a toda persona desde los trece años hasta alcanzar la mayoría de edad.
Análisis: Niño o Niña (0-12 años) en la República Dominicana. Adolescente (13-18 años), todos de 0 a 18 años son menores de edad.
PRINCIPIO VIII
OBLIGACIONES GENERALES DE LA FAMILIA. La familia es responsable, en primer término, de asegurar a los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales. El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo, educación y protección integral de sus hijos e hijas.
Análisis: Le corresponde al jefe o jefa de familiar buscar los medios lícitos para sostener a su familia y no exponer al menor de edad, más de noche a trabajos en lugares de daños físicos, psíquicos y morales. El que viola uno o varios derechos del niño, ¿podrá acusar a otros de destructores y violadores de esas facultades fundamentales?, puede en un principio, pero su conciencia tendrá la verdadera respuesta,
Art. 19.- DERECHO A LA DIVERSIÓN. Todos los niños, niñas y adolescentes tendrán acceso a las diversiones y espectáculos públicos propios o clasificados como adecuados para su edad.
Análisis: Hemos señalado con anterioridad que el malecón de San Pedro de Macorís no está apto para menores. Pues este artículo del código del menor dominicano se está violentando por los padres o tutores o por los representantes de los menores (entiéndase tutores).
Párrafo I.- Los niños y niñas menores de diez (10) años solamente podrán ingresar o permanecer en los lugares de presentación o exhibición cuando estén acompañados de sus padres o responsables.
Párrafo IV.- Los responsables de espectáculos públicos y diversión colocarán visiblemente, a la entrada del lugar, la información detallada sobre la naturaleza del espectáculo y su clasificación en cuanto a las edades a partir de las cuales se permitirá el acceso.
Art. 22.- PROHIBICIÓN DE VENTA. Queda prohibida la venta a niños, niñas y adolescentes de:
a) Armas, municiones y explosivos;
b) Bebidas alcohólicas y tabaco;
c) Fuegos artificiales;
d) Billetes de lotería y sus equivalentes;
e) Material pornográfico de cualquier naturaleza;
f) Cualesquiera otras sustancias y productos cuyos componentes puedan causarles daños o dependencia física o síquica.
Análisis: Según muchos entrevistados, las diferentes casetas que se encuentran en el malecón venden algunos de los elementos antes citados, aunque no sea para el consumo personal, sino para el de otras personas, que le ofrecen algún dinero a cambio del mandato.
¿Qué podría ocurrir? El menor, como todo ser humano tendrá la sensación de probar qué se siente al tomar bebidas alcohólicas o fumar cigarrillos, es entonces donde puede enviciar.
Art. 23.- PROHIBICIÓN DE ENTRADA. Queda absolutamente prohibida la entrada a niños, niñas y adolescentes en establecimientos comerciales donde se consuman bebidas alcohólicas, casas de juegos y de apuestas. Los propietarios de dichos establecimientos estarán obligados a colocar en un lugar visible a la entrada del local la advertencia de prohibición de admisión de niños, niñas y adolescentes.
Análisis: El 26 de diciembre de 2006, la Fundación Santa Lola comprobó que también se viola esta disposición, ya que unos menores limpiaban carros pasada las 7:00 PM y entraban a un billar y centro público de diversión de personas mayores.
Art. 34.- DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA LA EXPLOTACIÓN LABORAL. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección contra la explotación económica. El Estado y la sociedad deben elaborar y ejecutar políticas, planes, programas y medidas de protección tendentes a erradicar el trabajo de los niños y niñas, especialmente los definidos como peores formas de trabajo infantil. La familia debe contribuir al logro de este objetivo.
Párrafo.- La protección contra la explotación laboral de niños, niñas y adolescente es responsabilidad del Estado, ejercida a través de la Secretaría de Estado de Trabajo, en coordinación con el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), quienes se amparan en las disposiciones del Código de Trabajo de la República Dominicana, el Convenio 138 de la OIT sobre el Establecimiento de la Edad Mínima de Admisión al Empleo y el Convenio No.182 sobre la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil y otros instrumentos internacionales ratificados por el país, así como las reglamentaciones y recomendaciones que sobre el trabajo infantil disponga el Comité Directivo Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil.
Análisis: ¿Se están cumpliendo lo establecido por estas importantes organizaciones nacionales e internacionales a través de convenios o leyes?
La respuesta es no. Este artículo ya ha sido explicado con anterioridad, pero fue importante señalarlo nuevamente.
Del Código del Trabajo de la República Dominicana
Artículo 244: Los menores de edad disfrutan de los mismos derechos y tienen los mismos deberes que los mayores, en lo que concierne a las leyes de trabajo sin más excepciones que las establecidas en el presente código.
Análisis: En cierto modo, este artículo debe de ser excluido, porque en los siguientes observaremos cómo dan un tiempo específico para poder comenzar a trabajar.
Artículo 245: Se prohíbe el trabajo de menores de catorce años.
No obstante, en beneficio del arte, de la ciencia o de la enseñanza, el Secretario de Estado de Trabajo, por medio de permisos individuales, podrá autorizar que menores de catorce años puedan ser empleados en espectáculos públicos, radio, televisión o películas cinematográficas como actores o figurantes.
Análisis: Artículo vulnerado por la realidad petromacorisana. De 9 niños entrevistados sólo uno tenía dieciséis (16) años, los demás (8) de 7 a 13 años.
Artículo 246: Los menores de dieciséis años no pueden ser empleados ni trabajar de noche, durante un período de doce horas consecutivas, el cual será fijado por el Secretario de Estado de Trabajo y que, necesariamente no podrá comenzar después de las ocho de la noche ni terminar antes de las seis de la mañana.
Artículo 247: La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no puede exceder, en ninguna circunstancia de seis horas diarias.
Análisis: Los menores de dieciséis años, en época de vacaciones trabajan en por lo menos dos tandas en un día.
De las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD)
1- La prevención de la delincuencia juvenil es parte esencial de la prevención del delito en la sociedad. Si los jóvenes se dedican a actividades lícitas y socialmente útiles, se orientan hacia la sociedad y enfocan la vida con criterio humanista, pueden adquirir actitudes no criminógenas.
Análisis: En lugar de popularizar al malecón como centro de diversión y perversión, la sociedad de San Pedro de Macorís, incluyendo a sus principales autoridades, debe de crear programas que beneficien al menor de edad, que le ocupe su mente para que no piense en acciones negativas, sino simplemente en ser una persona de bien social.
2. Para poder prevenir eficazmente la delincuencia juvenil es necesario que toda la sociedad procure un desarrollo armonioso de los adolescentes, y respete y cultive su personalidad a partir de la primera infancia.
5. Deberá reconocerse la necesidad y la importancia de aplicar una política progresista de prevención de la delincuencia, así como de estudiar sistemáticamente y elaborar medidas pertinentes que eviten criminalizar y penalizar al niño por una conducta que no causa graves perjuicios a su desarrollo ni perjudica a los demás. La política y las medidas de esa índole deberán incluir:
a) La creación de oportunidades, en particular educativas, para atender a las diversas necesidades de los jóvenes y servir de marco de apoyo para velar por el desarrollo personal de todos los jóvenes, en particular de aquellos que están patentemente en peligro o en situación de riesgo social y necesitan cuidado y protección especiales;
1. La pobreza.
2. La irresponsabilidad de los padres.
3. El desempleo.
4. La necesidad económica.
5. La rebeldía del menor.
Cada una de estas enumeraciones están comprendidas por una gran realidad. Para ello, la definición nos puede dar una aclaración más significativa.
Tipos de trabajo de Niños, Niñas y Adolescentes en el malecón:
1- Limpiar zapatos.
2- Lavar carros.
3- Recoger botellas.
4- Pedir limosnas.
5- Vender paletas (Paleteros).
Consecuencias que produce a los Niños, Niñas y Adolescentes trabajar en el malecón:
1- Aprender técnicas de inmoralidad y libertinaje.
2- Desinterés en la escuela y amor y pasión al dinero.
3- Ser utilizados por terceras personas (Abuso sexual, físico y psicológico).
4- Tomar experiencias en diversos aspectos demostrados en el malecón (Infidelidad, música con malos mensajes, fantasías, fetichismo, actos sexuales en vías públicas, golpes, pelas, trifulcas, etc.)
Para muchos entrevistados dependerá del raciocinio del menor, su formación y conducta para comportarse en el malecón; sin embargo esta situación podría ser la excepción no la regla. Agregan que “El que va a trabajar únicamente se dedicará a vender, amará al estudio y será un joven ejemplo”.
Elementos que abundan en el malecón de San Pedro de Macorís
Valores.
Los niños, niñas y adolescentes que trabajan en el malecón se les identifican algunos valores, entre ellos:
· Compartir.
· Armonía.
· Cortesía.
· Solidaridad.
Estos valores se toman en cuenta, además por la característica del dominicano de ser una buena persona amistosa, solidaria y hospitalaria en cada caso.
Desvalores:
Lo que más abunda en este sector público de San Pedro de Macorís, es:
· Inmoralidad.
· Perversión.
· Libertinaje.
· Embriaguez.
· Envidia.
· Egoísmo.
· Descontrol (Social, económico y educativo).
· Actos bochornosos que atentan al pudor y a las buenas costumbres.
Desafíos que tiene la sociedad dominicana y muy especialmente la de San Pedro de Macorís al permitir que los Niños, Niñas y Adolescentes trabajen en el malecón:
· Futuros delincuentes.
· Futuros expertos en narcotráficos, delitos como atracos, crímenes como violaciones, asesinatos y otros, siempre para suplir sus deseos, así como aplicar lo aprendido en épocas de la niñez y la adolescencia
· Deterioro moral y social.
· Jóvenes sin ímpetu y con intereses a conseguir de manera rápida el dinero.
· Promiscuidad sexual.
Edades comprendidas de los Niños, Niñas y Adolescentes que trabajan en el malecón.
· De 5 a 10 años.
· De 11 a 15 años.
· De 16 a 18 años.
¿Venden a los menores de edades bebidas alcohólicas?
La respuesta fue correcta.
La Pobreza
La semántica de “Pobreza” en el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española lo define como: a)- Escasez o carencia de lo necesario para vivir. Y dos palabras son sus sinónimos: 1- Falta y 2- Escasez.
La siguiente palabra a indicar en el aspecto de su significación es “Indigencia”: b) Falta de medios para alimentarse, vestirse…
Se divide en: La Pobreza Intelectual: Es aquella la que se genera por no recibir la educación necesaria, pudiéndose producir por no tener los medios necesarios para trasladarse, vestirse, equiparse en la escuela.
La Pobreza Material: Es aquella que se divide en dos, dependiendo la mala distribución de los bienes y servicios básicos de las personas.
Causas de la Pobreza Material
· Mala distribución de los bienes y servicios nacionales.
· Desigualdad social de bienes, servicios e ingresos.
· Desempleo.
· Poca productividad.
· Poco empuje laboral y/o motivación.
La irresponsabilidad de los padres
Los padres son los procreadores de los Niños, Niñas o Adolescentes. Tuvieron la responsabilidad de crearlo y deben de tener la responsabilidad de velar por su buen crecimiento y su sana diversión.
· Es responsabilidad del padre, madre:
· Asegurarles la educación temprana a los hijos.
· Impedir todo medio de abusos, maltratos, ofensas de terceros y de ellos mismos.
· Vivir en armonía y respetarlos, entre muchas otras.
El Desempleo
La escasez de fuentes de empleos formales, que imposibilitan a las personas a tener un jefe y la obligan, en muchos casos a crear trabajos formales y a todos en las casas trabajar.
La necesidad económica
Aquella que enfrentan muchas familias por carecer de recursos económicos e intelectuales.
La rebeldía del menor
Muchos menores son impulsivos y quieren por su propio peso conseguir dinero y llevarlo a sus hogares; pudiendo de esta forma ayudar a su familia.
Américo Herasme Medina, en su doctrina “Criminología General”, enfoca algunos aspectos relevantes del doctor Leoncio Ramos, acerca del hogar, sociedad y la delincuencia en que viven los Niños, Niñas y Adolescentes.
“La mayor parte de los delincuentes profesionales, han iniciado su carrera delincuencial o delictiva en la juventud o en la infancia”
Problema: Desde niños se les permitió que actuara de una forma incorrecta, así como se les dio cabida a que estuviese en un determinado lugar, perjudicándole así su vida y el futuro de la nación, porque se ha convertido en un ciudadano insoportable y una amenaza para la seguridad poblacional.
“La infancia y la juventud son influidas especial y profundamente por sucesos del mundo circundante y porque está confirmado que la persona joven es más influida, por el mundo circundante.
“Debido a varios enfoques, cabe decir, que para evitar o disminuir la delincuencia, se hace necesario que los padres, los educadores y las autoridades, contribuyan a mantener bien equilibradas las comunidades o grupos que presiden, alimentando, instruyendo y educando a los niños y jóvenes, sean éstos hijos o no, quienes serán forjadores futuros de la sociedad colectiva”
Problema: El Mundo circundante es el medio en donde se desenvuelve una persona. Si éste mundo es instructivo, el menor crecerá con grandes dotes de seres humanos, si es lo contrario, pues se tendrán un delincuente desde el momento mismo de la enseñanza. Culpable el medio, por todas aquellas personas que lo rodearon.
Agregamos: Si la familia abusa de un Derecho del niño, ¿puede ésta reclamar otro derecho? Pero, como nuestra sociedad tiene un 85% de analfabetos funcionales, lo que se debe hacer es capacitar a los jefes y jefas de familia.
Problema:
· Permitir que niños, niñas y adolescentes trabajen en el malecón. El malecón de San Pedro de Macorís, se ha convertido en los últimos años en un lugar de perversión, inmoralidad y delincuencia, que son premisas o factores transmitidos y aprendidos fácilmente por el menor de edad.
· El mundo circundante o medio natural que vive el menor si no es el más propicio para desarrollarse, se pone en riesgo su vida y el futuro de la nación.
· La indiferencia de las autoridades.
Un ciudadano irresponsable, nos dijo que los menores “Están desbaratando botellas” y otras frases que se reserva la Fundación Santa Lola porque van en detrimento de la niñez y la adolescencia. Luego, el mismo señor, por ser reconocido en la ciudad de San Pedro de Macorís nos expresó que quería tener una Fundación, pero por la gente no la tuvo.
Exhortación: Hacer bien, sin mirar a quién.
Lo que puede provocar
La delincuencia juvenil, comenta las Naciones Unidas, es un problema grave en todo el mundo. Su intensidad y gravedad depende básicamente de la situación social, económica y cultural de cada país. Con todo, hay pruebas fehacientes de que a nivel mundial ha aumentado la delincuencia juvenil conjuntamente con la recesión económica, en especial en sectores marginales de los centros urbanos. En muchos casos, los jóvenes delincuentes son "niños de la calle", que han estado expuestos a la violencia en su medio social inmediato, como testigos o como víctimas. Su nivel de instrucción básica es, en el mejor de los casos, deficiente; con demasiada frecuencia su socialización primaria en el seno de la familia es inadecuada, y su medio socioeconómico está conformado por la pobreza y la miseria. En vez de apoyarse exclusivamente en el sistema de justicia penal, la prevención de la violencia y el delito debería incluir medidas para promover la igualdad y la justicia y para luchar contra la pobreza y reducir la desesperanza de los jóvenes.
Los niños, niñas y adolescentes que trabajan de noche en el malecón, son catalogados por la Fundación Santa Lola como: “Niños de la calle”, aunque tengan hogar, porque no tienen familia.
En el malecón, un niño puede ser testigos, se hechos bochornosos como los registrados sólo en el 2006, entre ellos a una pareja teniendo relaciones sexuales en el malecón, en cada momento acciones sexuales, besos, caricias y morbosidades, asesinatos, trifulcas que han dejado muertos y heridos.
La Fundación Santa Lola, en su deseo de rescatar a los Niños del Malecón de San Pedro de Macorís, se lanzó al referido lugar a entrevistar a muchos de los menores que trabajan allí, haciéndole diferentes preguntas y obteniendo importantes datos de la realidad que viven nuestros infantes pobres. Pasadas las seis de la tarde hasta las 8 de la noche, el 26 de diciembre de 2006 se convirtió en el primer contacto de Santa Lola con los niños de escasos recursos petromacorisanos que trabajan en el malecón.
Para ello, mostramos los siguientes gráficos.
En la gráfica mostramos a niños y adolescentes entre 7 a 12 años de edad que estudian para un 77.7%, de los no estudian se computan el 22.2% y trabajan la mayoría, para un 88.8%
De 9 entrevistados, todos de nacionalidad dominicana, el 55. 5% y 4 de esos menores estaban descalzos.
Entrevistados en esa misma noche, los menores dijeron que de Noche no trabajan, sólo uno dijo que sí lo hacía. Nosotros comprobando la hora, la oscuridad del día y la caída del crepúsculo, veíamos que no estaban hablando con la verdad y que los inocentes, sí trabajaban de noche.
Según las legislaciones vigentes de la República Dominicana, un menor de edad no puede estar sólo en vía pública y más una zona como es el Malecón de San Pedro de Macorís, lugar que ha presenciado todo tipo de atrocidades, actos que atenta contra la ética y la moral de las personas conservadoras, se le añade también que menores de 14 años de edad no pueden trabajar y ningún menor de edad puede trabajar ni más de doce horas diarias ni después de las ocho (8) de la noche ni antes de las seis (6) de la mañana de ningún día.
Las Leyes, son un conjunto de normas que dictan disposiciones a seguir en una sociedad. La primera de ellas es la Constitución de un país, libre, soberano e independiente, que tiene primacía ante las demás, que reciben el nombre de leyes adjetivas. Inmediatamente después de la Carta Magna, le siguen los Tratados Internacionales (Convenios, etc.) y en tercera vía las leyes adjetivas, esto según el triángulo de Hans Kelse.
La situación:
· Menores de edad trabajando en el malecón de San Pedro de Macorís en la noche.
Legislaciones a consultar:
· Declaración Universal de los Derechos del Niño, de Naciones Unidas de 1989.
· Ley 136-03, Código de Protección a los Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana, de 17 de octubre de 2004.
· Código del Trabajo de la República Dominicana.
· Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD).
Declaración Universal de los Derechos del Niño
Artículo 1:- Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.
Análisis: Todos las personas menores de 18 años, son considerados como Niños y deben de ser distinguidos de cualquier persona mayor y respetárseles y garantizárseles sus derechos.
Artículo 3
1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
Análisis: Estas instituciones, pueden ser la Fundación Santa Lola, la Sala Capitular del Ayuntamiento municipal de San Pedro de Macorís, la Secretaría de Estado de Trabajo el Consejo Nacional de la niñez y la adolescencia, la Policía Nacional, entre otras. El niño es lo primero, por eso se presenta el proyecto.
2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
Análisis: No se está respetando éste acápite del artículo 3, ya que los niños que están trabajando en el malecón de San Pedro de Macorís (Inicios de 2007), tienen muchos días y años en esa misma situación y no se ha asegurado la ley ni el bienestar infantil.
3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.
Análisis: Las autoridades no lo hacen. La Secretaría de Estado de Trabajo, a pesar de tener un código de la materia deja que los menores trabajen violentando lo ya establecido. La Policía Nacional, no ofrece seguridad y organismos como el CONANI no están orientando a los padres sobre su papel en la sociedad, por mentar algunos ejemplos.
Artículo 4
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.
Análisis: Como medida a favor de la niñez y la adolescencia, ha venido el proyecto: “Rescatando a los Niños y Adolescentes del Malecón”, presentado a la Sala capitular del Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, por la Fundación Santa Lola.
Artículo 32
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
Análisis: Muchos menores de edad que trabajan en el malecón son explotados por sus padres. De día, tarde y noche trabajan o en dos tandas del día que tiene tres. Algunos padres también no laboran y consumen bebidas alcohólicas u otros tipos de vicios con el dinero trabajado por el menor.
2. Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. Con ese propósito y teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados Partes, en particular:
a) Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar;
Análisis: República Dominicana ha establecido los catorce años en adelante para empezar a trabajar, a excepción de trabajos cinematográficos, entre otros, a expedición de un permiso de la Secretaría de Estado de Trabajo.
b) Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;
Análisis: Nunca un menor de edad puede pasar de 12 horas diarias, ni después de las 8:00 PM ni antes de las 6:00 AM.
c) Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo.
Código de Protección al Menor de la República Dominicana. Ley 136-03, puesta en vigencia el 17 de octubre de 2004.
PRINCIPIO II
DEFINICIÓN DE NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE. Se considera niño o niña a toda persona desde su nacimiento hasta los doce años, inclusive; y adolescente, a toda persona desde los trece años hasta alcanzar la mayoría de edad.
Análisis: Niño o Niña (0-12 años) en la República Dominicana. Adolescente (13-18 años), todos de 0 a 18 años son menores de edad.
PRINCIPIO VIII
OBLIGACIONES GENERALES DE LA FAMILIA. La familia es responsable, en primer término, de asegurar a los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales. El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo, educación y protección integral de sus hijos e hijas.
Análisis: Le corresponde al jefe o jefa de familiar buscar los medios lícitos para sostener a su familia y no exponer al menor de edad, más de noche a trabajos en lugares de daños físicos, psíquicos y morales. El que viola uno o varios derechos del niño, ¿podrá acusar a otros de destructores y violadores de esas facultades fundamentales?, puede en un principio, pero su conciencia tendrá la verdadera respuesta,
Art. 19.- DERECHO A LA DIVERSIÓN. Todos los niños, niñas y adolescentes tendrán acceso a las diversiones y espectáculos públicos propios o clasificados como adecuados para su edad.
Análisis: Hemos señalado con anterioridad que el malecón de San Pedro de Macorís no está apto para menores. Pues este artículo del código del menor dominicano se está violentando por los padres o tutores o por los representantes de los menores (entiéndase tutores).
Párrafo I.- Los niños y niñas menores de diez (10) años solamente podrán ingresar o permanecer en los lugares de presentación o exhibición cuando estén acompañados de sus padres o responsables.
Párrafo IV.- Los responsables de espectáculos públicos y diversión colocarán visiblemente, a la entrada del lugar, la información detallada sobre la naturaleza del espectáculo y su clasificación en cuanto a las edades a partir de las cuales se permitirá el acceso.
Art. 22.- PROHIBICIÓN DE VENTA. Queda prohibida la venta a niños, niñas y adolescentes de:
a) Armas, municiones y explosivos;
b) Bebidas alcohólicas y tabaco;
c) Fuegos artificiales;
d) Billetes de lotería y sus equivalentes;
e) Material pornográfico de cualquier naturaleza;
f) Cualesquiera otras sustancias y productos cuyos componentes puedan causarles daños o dependencia física o síquica.
Análisis: Según muchos entrevistados, las diferentes casetas que se encuentran en el malecón venden algunos de los elementos antes citados, aunque no sea para el consumo personal, sino para el de otras personas, que le ofrecen algún dinero a cambio del mandato.
¿Qué podría ocurrir? El menor, como todo ser humano tendrá la sensación de probar qué se siente al tomar bebidas alcohólicas o fumar cigarrillos, es entonces donde puede enviciar.
Art. 23.- PROHIBICIÓN DE ENTRADA. Queda absolutamente prohibida la entrada a niños, niñas y adolescentes en establecimientos comerciales donde se consuman bebidas alcohólicas, casas de juegos y de apuestas. Los propietarios de dichos establecimientos estarán obligados a colocar en un lugar visible a la entrada del local la advertencia de prohibición de admisión de niños, niñas y adolescentes.
Análisis: El 26 de diciembre de 2006, la Fundación Santa Lola comprobó que también se viola esta disposición, ya que unos menores limpiaban carros pasada las 7:00 PM y entraban a un billar y centro público de diversión de personas mayores.
Art. 34.- DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA LA EXPLOTACIÓN LABORAL. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección contra la explotación económica. El Estado y la sociedad deben elaborar y ejecutar políticas, planes, programas y medidas de protección tendentes a erradicar el trabajo de los niños y niñas, especialmente los definidos como peores formas de trabajo infantil. La familia debe contribuir al logro de este objetivo.
Párrafo.- La protección contra la explotación laboral de niños, niñas y adolescente es responsabilidad del Estado, ejercida a través de la Secretaría de Estado de Trabajo, en coordinación con el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), quienes se amparan en las disposiciones del Código de Trabajo de la República Dominicana, el Convenio 138 de la OIT sobre el Establecimiento de la Edad Mínima de Admisión al Empleo y el Convenio No.182 sobre la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil y otros instrumentos internacionales ratificados por el país, así como las reglamentaciones y recomendaciones que sobre el trabajo infantil disponga el Comité Directivo Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil.
Análisis: ¿Se están cumpliendo lo establecido por estas importantes organizaciones nacionales e internacionales a través de convenios o leyes?
La respuesta es no. Este artículo ya ha sido explicado con anterioridad, pero fue importante señalarlo nuevamente.
Del Código del Trabajo de la República Dominicana
Artículo 244: Los menores de edad disfrutan de los mismos derechos y tienen los mismos deberes que los mayores, en lo que concierne a las leyes de trabajo sin más excepciones que las establecidas en el presente código.
Análisis: En cierto modo, este artículo debe de ser excluido, porque en los siguientes observaremos cómo dan un tiempo específico para poder comenzar a trabajar.
Artículo 245: Se prohíbe el trabajo de menores de catorce años.
No obstante, en beneficio del arte, de la ciencia o de la enseñanza, el Secretario de Estado de Trabajo, por medio de permisos individuales, podrá autorizar que menores de catorce años puedan ser empleados en espectáculos públicos, radio, televisión o películas cinematográficas como actores o figurantes.
Análisis: Artículo vulnerado por la realidad petromacorisana. De 9 niños entrevistados sólo uno tenía dieciséis (16) años, los demás (8) de 7 a 13 años.
Artículo 246: Los menores de dieciséis años no pueden ser empleados ni trabajar de noche, durante un período de doce horas consecutivas, el cual será fijado por el Secretario de Estado de Trabajo y que, necesariamente no podrá comenzar después de las ocho de la noche ni terminar antes de las seis de la mañana.
Artículo 247: La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no puede exceder, en ninguna circunstancia de seis horas diarias.
Análisis: Los menores de dieciséis años, en época de vacaciones trabajan en por lo menos dos tandas en un día.
De las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD)
1- La prevención de la delincuencia juvenil es parte esencial de la prevención del delito en la sociedad. Si los jóvenes se dedican a actividades lícitas y socialmente útiles, se orientan hacia la sociedad y enfocan la vida con criterio humanista, pueden adquirir actitudes no criminógenas.
Análisis: En lugar de popularizar al malecón como centro de diversión y perversión, la sociedad de San Pedro de Macorís, incluyendo a sus principales autoridades, debe de crear programas que beneficien al menor de edad, que le ocupe su mente para que no piense en acciones negativas, sino simplemente en ser una persona de bien social.
2. Para poder prevenir eficazmente la delincuencia juvenil es necesario que toda la sociedad procure un desarrollo armonioso de los adolescentes, y respete y cultive su personalidad a partir de la primera infancia.
5. Deberá reconocerse la necesidad y la importancia de aplicar una política progresista de prevención de la delincuencia, así como de estudiar sistemáticamente y elaborar medidas pertinentes que eviten criminalizar y penalizar al niño por una conducta que no causa graves perjuicios a su desarrollo ni perjudica a los demás. La política y las medidas de esa índole deberán incluir:
a) La creación de oportunidades, en particular educativas, para atender a las diversas necesidades de los jóvenes y servir de marco de apoyo para velar por el desarrollo personal de todos los jóvenes, en particular de aquellos que están patentemente en peligro o en situación de riesgo social y necesitan cuidado y protección especiales;
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