Presidente de la Fundación Santa Lola
Número: 15-2008
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere los estatutos de la Fundación Santa Lola, dicto el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1: Declarar el 1 de enero de cada año, como fecha de la Publicación del Informe Impacto Infantil la investigación general de temas de la infancia y el 1 de junio de cada año, será un suplemento de la situación de la niñez y la adolescencia que está trabajando la Fundación, es decir los que tiene inscritos con la Tarjeta Fraternidad.
Artículo 2: Cumplir, tal como lo establece el artículo 3 de los estatutos de la Fundación Santa Lola, parte in fine: “Evaluar las situaciones de precariedad en que viven los niños pobres en un informe cada seis meses, con el nombre de Informe: Impacto Infantil”
Artículo 3: Hacer de público conocimiento a todos los miembros de la Fundación Santa Lola, sea nacional o internacionalmente.
Dado en San Pedro de Macorís, República Dominicana a los diecinueve (19) días del mes de junio del año dos mil ocho (2008). Año Internacional de la Adolescencia para la Fundación Santa Lola.
Artículo 2: Cumplir, tal como lo establece el artículo 3 de los estatutos de la Fundación Santa Lola, parte in fine: “Evaluar las situaciones de precariedad en que viven los niños pobres en un informe cada seis meses, con el nombre de Informe: Impacto Infantil”
Artículo 3: Hacer de público conocimiento a todos los miembros de la Fundación Santa Lola, sea nacional o internacionalmente.
Dado en San Pedro de Macorís, República Dominicana a los diecinueve (19) días del mes de junio del año dos mil ocho (2008). Año Internacional de la Adolescencia para la Fundación Santa Lola.
Claudio Cordero
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