Claudio Cordero
Presidente de la Fundación Santa Lola
Número: 17-2008Presidente de la Fundación Santa Lola
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere los estatutos de la Fundación Santa Lola, dicto el siguiente:
DECRETO:
Artículo 1: Crear para la claridad y transparencia internacional una cuenta en un Banco donde operen los Departamentos Internacionales “Oportunidades” y, en las Embajadas de Fraternidad, si es conveniente, donde se detallen los depósitos y retiros y firmemente se les presentará un informe a los miembros.
Artículo 2: Modificar la palabra socios, del artículo 18 de los estatutos que crea el Sistema de la Fundación Santa Lola, por “Padrinos o Contribuyente Solidario, según corresponda).
Artículo 3: Designar al Presidente, Vicepresidente, tesorero y Director General (a partir de octubre de 2008), quienes encabecen la Comisión: Cuentas Claras, que trabajará, cuando un miembro desee externar alguna situación exclusivamente de la recaudación de fondos.
Dado en San Pedro de Macorís, República Dominicana a los Veintidós días del mes de junio del año dos mil ocho (2008). Año Internacional de la Adolescencia para la Fundación Santa Lola.
Artículo 2: Modificar la palabra socios, del artículo 18 de los estatutos que crea el Sistema de la Fundación Santa Lola, por “Padrinos o Contribuyente Solidario, según corresponda).
Artículo 3: Designar al Presidente, Vicepresidente, tesorero y Director General (a partir de octubre de 2008), quienes encabecen la Comisión: Cuentas Claras, que trabajará, cuando un miembro desee externar alguna situación exclusivamente de la recaudación de fondos.
Dado en San Pedro de Macorís, República Dominicana a los Veintidós días del mes de junio del año dos mil ocho (2008). Año Internacional de la Adolescencia para la Fundación Santa Lola.
Claudio Cordero
No hay comentarios:
Publicar un comentario